Preguntas que requieren respuestas escritas (respuestas incluidas)
Los miembros podrán formular un número determinado de preguntas para respuesta escrita al Presidente del Consejo Europeo, al Consejo, a la Comisión y al Vicepresidente de la Comisión/Alto Representante de la Unión. Artículo 138 y
Anexo III del Reglamento