Preguntas orales
Una comisión, un grupo político o al menos el 5% de los diputados que componen el Parlamento podrán formular preguntas para respuesta oral seguida de debate a la Comisión Europea, al Consejo o al Vicepresidente de la Comisión/Alto Representante de la Unión. Artículo 136 del Reglamento